Por:
Rafael Hernández Estrada
La
presunción de inocencia, un derecho humano universal reconocido por la
legislación nacional y protegida por tratados internacionales de los que
nuestro país es parte, quedará gravemente acotada si se aprueba la reforma
constitucional para ampliar la lista de “delitos graves” que ameritan prisión
preventiva. Ello, además de afectar la vigencia plena de los derechos humanos, contribuirá
a agudizar la sobrepoblación de las cárceles, aumentando el costo de su
funcionamiento, sin que, necesariamente, esto influya en la reducción de los
índices delictivos.
El 6
de diciembre, el Senado de la República aprobó el dictamen que ensancha de siete
a 19 la lista de los “delitos graves” que ameritan esta pena previa a la
sentencia. El proyecto ahora está a consideración de la Cámara de Diputados.
El dictamen senatorial
propone añadir a la lista vigente los tipos delictivos de abuso o violencia
sexual contra menores, uso de programas sociales con fines electorales, robo de
transporte, desaparición forzada de personas, desaparición cometida por
particulares, feminicidio, robo a casa habitación, enriquecimiento ilícito y
ejercicio abusivo de sus funciones, delitos en materia de armas de fuego y explosivos
de uso exclusivo de las fuerzas armadas y robo de hidrocarburos, petrolíferos o
petroquímicos.
Se
estima que, en 2008, antes de la reforma que reconoció la presunción de
inocencia como uno de los derechos humanos que deben observarse en los asuntos
penales, los sobrepoblados reclusorios del país contabilizaban a unos 100 mil
presos sin sentencia. Una parte de ellos se benefició de la reforma penal de
aquél año y recobraron su libertad, siguiendo sujetos a proceso penal.
Según
la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL), levantada por
el INEGI ocho años después, en octubre de 2016, las cárceles mexicanas tenían entonces
un total de 211 mil internos, de los cuales el 29.6 por ciento, poco más de 62
mil, se encontraban sujetos a prisión preventiva, encarceladas sin recibir
sentencia.
De
acuerdo a la misma encuesta, el 69% de los encarcelados en prisión preventiva
había sufrido su encarcelamiento sin sentencia por más de un año, siendo de dos
años el promedio.
De
aprobarse lo que resolvieron los senadores, se incrementarán sensiblemente
tales cifras, pues los acusados o sospechosos de realizar crímenes, ahora catalogados
como “delitos graves”, tendrán que ser encarcelados con la sola acusación que
contra ellos formule un agente del Ministerio Público.
Como
ya se dijo, la reforma propuesta es en sí misma un golpe a la presunción de
inocencia, pues el imputado por el Ministerio Público sufrirá de inmediato la
pena corporal sin que se haya demostrado su culpabilidad, con todos los efectos
negativos que el encarcelamiento conlleva en términos económicos,
patrimoniales, familiares, de violencia y corrupción.
Por
otro lado, uno de los efectos perniciosos de esta reforma, que deberían
analizar cuidadosamente los diputados, es el de la saturación de los penales
del país, la cual multiplica la
violación de los derechos humanos al reducir a los detenidos a condiciones de
hacinamiento y de trato indigno, junto con el costo económico que ello implica
y que debe sufragar el gobierno con dinero de los contribuyentes.
Con
los datos de 2016, se puede calcular en 441 millones de pesos el costo anual de
la reclusión de los encarcelados en prisión preventiva, considerando
alimentación, custodia, instalaciones y atención. Si a consecuencia de la
reforma en curso se duplica el número de los internos en esa condición, el
costo se elevaría a más de 880 millones de pesos, sin que tal gasto
gubernamental rinda frutos en términos de respeto a los derechos humanos y la
procuración e impartición de justicia.
Además,
no se ha demostrado que la prisión preventiva tenga una relación directa con la
baja de los índices delictivos, por lo que la Cámara de Diputados debiera
reconsiderar y rebatir la reforma propuesta.
Twitter:
@rafaelhdeze