jueves, 4 de julio de 2019

Inelegibilidad de los superdelegados


Una iniciativa de reforma constitucional que impediría que los superdelegado sean candidatos a cargos de elección popular, desde la Presidencia de la República hasta las alcaldías, pasando por el Senado y las cámaras federal y locales, fue presentada por las diputadas federales del PRD, Azucena Rodríguez y Verónica Juárez, ésta última coordinadora de la bancada amarilla.
Como se sabe, desde el Decreto Constitucional de 1824, las constituciones mexicanas han establecido los requisitos para ocupar cargos de elección popular y, como parte de ellos, los impedimentos para hacerlo. Tales impedimentos, conocidos también como causales de inelegibilidad, se establecieron desde el principio para evitar que alguno de los tres poderes interviniera en los otros, salvaguardar el voto libre de los ciudadanos y para garantizar las condiciones equitativas de las elecciones.
Así, la actual Constitución enlista en sus artículos 55 y 58, como parte de los requisitos para ser diputado federal y senador, el no ser elemento activo del Ejército, titular de órganos dotados con autonomía constitucional o de los organismos de la administración pública federal, Secretario o Subsecretario de Estado a nivel federal y local, ni presidentes municipales o alcaldes, salvo que se separen definitivamente de sus cargos 90 días antes de la elección. Tampoco podrán ser legisladores federales los magistrados y los integrantes de órganos y tribunales electorales, si no se separan de su puesto con tres años de antelación a la elección.
Condiciones similares establece el texto constitucional entre los requisitos para ser Presidente de la República y Gobernador, aparte de la no reelección.
Pues bien, la iniciativa de las diputadas perredistas se basa en ésta lógica constitucional para imponer la causal de inelegibilidad a las personas que ocupen los cargos de Coordinador General y Coordinadores Estatales y Regionales de Programas para el Desarrollo, así como sus respectivos subcoordinadores, salvo que se separen definitivamente del cargo seis meses antes de la elección.
Presentada el 5 de junio pasado en la Comisión Permanente, esta iniciativa se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales y fue publicada el 10 de junio en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, en cuya página electrónica se puede consultar.
Una reciente reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal creó los cargos aludidos, estableciendo que la Coordinación General de Programas para el Desarrollo dictará los lineamientos para el funcionamiento de sus delegaciones estatales, cuyos titulares son los superdelegados, y que éstos serán designados por la Secretaría de Bienestar, pero a propuesta del coordinador general.
Por otro lado, la ley obliga todas las secretarías y dependencias federales a informar a los superdelegados de la ejecución de los programas que entreguen un beneficio directo a la población, sus padrones y actividades, otorgándoles la facultad de designar a todos los representantes de aquellas.
Adicionalmente, el Ejecutivo federal designó cuatro subdelegados por estado y a 266 coordinadores regionales de programas para el desarrollo, sin que exista base legal para dichos nombramientos. Pese a esto, les asignó atribuciones similares a las de los delegados estatales en cuanto a la aplicación de recursos de los programas del gobierno federal en el ámbito de su región.
De convertirse sin más en candidatos a Gobernador, Senador, Diputados o Alcaldes, los superdelegados afectarán gravemente la autonomía de los poderes, la libertad del sufragio, la equidad de la contienda y el derecho de los ciudadanos que compitan con ellos en una campaña electoral.
Dado el alto nivel de exposición pública y las enormes atribuciones adjudicadas a estos funcionarios, que manejan grandes cantidades de recursos del erario público y son los jefes de casi 20 mil Servidores de la Nación, es necesario que se les impida presentarse a las elecciones, salvo que se separen de sus cargos con antelación.
Cincelada: Con motivo del mitin del 1º de julio, el Inmujeres ordenó un vergonzoso acarreo burocrático contrario a la ley y a los intereses de las mujeres.

(Publicado el 3 de julio de 2019 en la columna El Cincel, vía Big Bang México, www.bigbangmexico.com)

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